Christofer Aarón Hernández Covarrubias
(Documento realizado en diciembre 2019)
Planteamiento del problema
En la legislación nacional, se ha establecido la “obligatoriedad” para los prestadores de servicios, de tener registrado un Contrato de Adhesión. Este contrato se debe poner a consideración de la Autoridad Administrativa competente, a efecto de que revise y valide el clausulado del mismo, para que, una vez aprobado en su totalidad, se inscriba en el Registro de Contratos de adhesión correspondiente, dándose así la publicidad necesaria, y que todos puedan “conocer” el contenido de este.
El problema de estos contratos es que generalmente contienen cláusulas abusivas, y lo que es peor, una vez obtenido el registro, muchos proveedores optan por modificar el clausulado a su conveniencia, a pesar de existir una prohibición expresa al respecto.