miércoles, 25 de enero de 2017

Preguntas y respuestas. Posesión y propiedad (Sonora)

Lic. Christofer Aarón Hernández Covarrubias

1.       ¿Cómo se define el patrimonio?
El patrimonio es el conjunto de bienes, obligaciones y derechos apreciables en dinero que constituyen una universalidad jurídica.
2.       Definición del concepto de bienes desde un punto de vista jurídico
La ley entiende por bien todo aquello que pueda ser objeto de apropiación.
3.       Definición del concepto de bienes desde un punto de vista económico
Desde el punto  de vista económico bien es todo aquello que pueda ser útil al hombre.
4.       ¿Cuál es la clasificación de bienes que reconoce nuestro código civil?
Nuestro código civil reconoce, los bienes inmuebles, los bienes muebles, bienes considerados según a las personas a quienes pertenecen, bienes mostrencos, bienes vacantes y abandonados.
5.       ¿Cómo se clasifican los bienes? En relación a las cosas o bienes corporales
Los bienes corporales se clasifican desde tres puntos de vista:
1.       Fungibles y no fungibles
2.       Consumibles por el primer uso y no consumible
3.       Bienes con dueño cierto y conocido y sin dueño, abandonados o de dueño ignorado.


6.       ¿Cuáles son los bienes inmuebles por naturaleza?
Aquellos que por su fijeza imposibilitan la traslación de un lugar a otro.
7.       ¿Cuáles son los bienes inmuebles por destino?
Aquellos muebles por su naturaleza pertenecientes al dueño de un inmueble que por ser accesorios del mismo y necesarios para su uso y explotación, la ley los considera inmuebles.
8.       ¿Cuáles son los bienes muebles por naturaleza?
Cuerpo que puedan trasladarse de un lugar a otro ya se muevan por sí mismos, ya por una fuerza interior.
9.       ¿Cuáles son los bienes muebles por anticipación?
Los que hayan sido empleados en una construcción o edificación, cuando esta se encuentra en vías de demolición.
10.   ¿Cuáles son las cosas indivisibles?
Las cosas indivisibles son aquellas cuyo valor económico total sólo existe en tanto constituyan una unidad. Ej. Un caballo de carreras.
11.   Diferencia entre bienes Fungibles y no fungibles
Los fungibles son los que pueden ser remplazados por otros de la misma especie, cantidad y calidad. Los no fungibles son los que no pueden ser remplazados por otros de la misma especie, cantidad y calidad.
12.   ¿Cómo se clasifican los bienes en atención a las personas a quién pertenecen?
En bienes propiedad de los particulares, y en bienes del dominio del poder público.
13.   ¿Cuáles son los bienes destinados al dominio público?
Bienes propios del estado, bienes destinados a un servicio público y bienes de uso común.
14.   ¿Cuáles son los bienes de uso común?
Son inalienables e imprescriptibles. Pueden aprovecharse de ellos todos los habitantes con las restricciones establecidas en la ley.
15.   ¿Cuáles son los bienes propios?
Pertenecen en pleno dominio de la federación, estados y municipio.
16.   Definición del concepto de posesión
Es el poder físico que se ejerce en forma directa exclusiva sobre cosa corporal para su aprovechamiento total o parcial, o para su custodia, puede ser consecuencia del goce de un derecho real o personal, o de una situación de hecho (Art. 960).
17.   ¿Cuáles son los elementos de posesión?
Son el corpus y el animus.
18.   ¿En qué consiste el corpus?
Conjunto de actos materiales que demuestran la existencia del poder físico que ejerce el poseedor sobre la cosa para retenerla en forma exclusiva (Detentación o tenencia).
19.   ¿En qué consiste el animus?
Consiste en ejercer los actos materiales de la detentación, con la intención de conducirse como propietario a título de dominio, comportándose como si fuera titular de un derecho real, desconociendo otra titularidad.
20.   ¿En qué consiste la posesión originaria?
Cuando en virtud de un acto jurídico el propietario entrega a otro una cosa concediéndole el derecho de retenerla temporalmente en su poder en calidad de usufructuario, arrendatario, acreedor u otro título análogo, el que posee a título de propietario tiene la posesión originaria.
21.   ¿En que consiste la posesión derivada?
Es poseedor derivado cuando se le entrega por parte del propietario una cosa concediéndole el derecho de retenerla temporalmente.
22.   Derechos del poseedor derivado
I. Intentar los interdictos respecto de bienes inmuebles.
II. Exigir los frutos, pagos de gastos y responsabilidad por perdida o menoscabo de la cosa poseída, conforme al acto jurídico o contrato constitutivo de la posesión derivada.
23.   Derechos del poseedor originario
I. Adquirir los bienes o derechos por prescripción positiva
II. Gozar de una presunción juris tan tum de propiedad
III. Adquirir los frutos y demás percepciones.
III. Iniciar la acción plenaria de posesión.
24.   ¿Qué son los gastos necesarios?
Son los que están prescritos por la ley, y aquellos sin los que la cosa se pierde o desmejora.
25.   ¿Qué son los gastos voluntarios?
Los que sirven solo al ornato de la cosa, o al placer o comodidad del poseedor.
26.   ¿Por qué motivos se pierde la posesión?
I. Por abandono.
II. Por cesión a título oneroso o gratuito.
III. Por destrucción o perdida de la cosa o por quedar esta fuera del comercio.
IV. Por resolución judicial.
V. Por despojo, si la posesión del despojante dura más de un año.
VI. Por reivindicación del propietario, y.
VII. Por expropiación por causa de utilidad pública.
27.   ¿En qué consiste la posesión pacifica?
Es la que se adquiere sin violencia.
28.   ¿En qué consiste la posesión continua?
Es la que no ha sido interrumpida por alguno de los medios enumerados en el Capítulo V, Titulo Séptimo que establece la ley.
29.   ¿En qué consiste la posesión publica?
Es la que se disfruta de manera que pueda ser conocida por todos aquellos que tengan interés en interrumpirla. También lo es la que está inscrita en el Registro Público de la Propiedad.
30.   ¿En qué consiste la posesión cierta?
Es la que se tiene por título que no da lugar a dudas respecto al concepto originario o derivado de la misma posesión.
31.   ¿En qué consiste la posesión equivoca?
Es la que se tiene por un título, hecho o actos jurídicos que den lugar a duda respecto del concepto originario o derivado de la misma posesión.
32.   Algunas obligaciones del poseedor por menos de un año a titulo traslativo de dominio y con mala fe, que no la haya obtenido por medio delictuoso
I. A restituir los frutos percibidos, y
II. A responder de la pérdida o deterioro de la cosa sobrevenidos por su culpa o por caso fortuito o fuerza mayor, a no ser que pruebe que estos se habrían causado aunque la cosa hubiere estado poseída por su dueño. No responde de la pérdida sobrevenida natural e inevitablemente por el solo transcurso del tiempo.
33.   ¿Qué derechos tiene el que posee en concepto de dueño por más de un año, pacifica, continua y públicamente,  aunque su posesión sea de mala fe con tal de que no sea delictuosa?
I.  A las dos terceras partes de los frutos industriales que haga producir la cosa poseída, perteneciendo la otra tercera parte al propietario, si reivindica la cosa antes de que prescriba, y
II. A que se le abonen los gastos necesarios y a retirar las mejoras útiles, si es dable separarlas sin detrimento de la cosa mejorada.
34.   ¿En qué situación quedan los bienes muebles que se encuentran dentro de un bien inmueble poseído?
La posesión de un inmueble hace presumir la de los bienes muebles que se hallen en él.     
35.   ¿Cómo se clasifica la propiedad en atención a su naturaleza?
I.                     PARTICULAR. Se tramiten bienes determinados (Contratos, legados)
II.                   UNIVERSAL. Se transfiere patrimonio como universalidad jurídica. (Herencia)
III.                 PRIMITIVAS U ORIGINARIAS. La cosa no ha estado en el patrimonio de determinada persona. No ha tenido dueño. (Ocupación, accesión)
IV.                DERIVADAS. La transmisión del dominio supone una transmisión de patrimonio a otro (Contrato, herencia, prescripción, adjudicación)
V.                  ONEROSO. El adquiriente paga un cierto valor en dinero, bienes o servicios, a cambio del bien que recibe. (Contratos onerosos)
VI.                GRATUITO. El adquiriente recibe un bien sin tener que cubrir una contraprestación.  (Donación, herencia, legados)
36.   ¿Cómo se clasifica la propiedad en atención a su causa?
I.                     TRANSMISIONES POR ACTO ENTRE VIVOS ACTO JURÍDICO EN GENERAL.
II.                   TRANSMISIONES POR CAUSA DE MUERTE (herencia legitima y testamentaria legado)
37.   ¿En qué consiste la adquisición a titulo universal?
Se transfiere patrimonio como una universalidad jurídica. (Herencia)
38.   ¿En qué consiste una adquisición a título particular?
Se tramiten bienes determinados (Contrato, legados)
39.   ¿En qué consiste una adquisición primitiva?
La cosa no ha estado en el patrimonio de determinada persona. No ha tenido dueño (Ocupación, accesión)
40.   ¿En qué consiste una adquisición derivada?
La transmisión del dominio supone una transmisión de patrimonio a otro (Contrato, herencia, prescripción, adjudicación)
41.   ¿En qué consiste una adquisición a título oneroso
El adquiriente paga un cierto valor en dinero, bienes o servicios.
42.   ¿En qué consiste una adquisición a título gratuito
El adquiriente recibe un bien sin tener que cubrir una contraprestación. (Donación, herencia, legados)
43.   ¿Cómo define el código civil la propiedad?
Derecho real que otorga a una persona el poder jurídico para gozar y disponer de una cosa, pero dentro de las limitaciones y con arreglo a las modalidades que fijen las leyes.
44.   ¿Cuáles son los medios de adquirir la propiedad según el código civil?
La ocupación, la accesión, la prescripción, adjudicación, herencia, contrato.
45.   ¿En qué consiste la ocupación?
Es la toma de posesión permanente de las cosas sin dueño o cuya legítima procedencia se ignore, con el ánimo de adueñarse de ella.
46.   ¿En qué consiste la accesión?
Es un medio de adquirir la propiedad mediante la unión o incorporación de una cosa que se reputa accesoria a otra que se denomina principal.
47.   ¿En qué consiste la prescripción?
Es un medio de adquirir bienes o derechos o perder estos últimos, así como liberarse de obligaciones mediante el transcurso del tiempo bajo las condiciones establecidas por la ley.
48.   ¿En qué consiste la adjudicación?
Por virtud de ella el juez simplemente declara con que con anterioridad una persona ha adquirido el dominio de una cosa: herencia y venta judicial y remate.
49.   ¿En qué consiste la herencia?
Es el conjunto de bienes del difunto y de sus derechos y obligaciones que no se extinguen con la muerte.
50.   ¿En qué consiste el contrato?
Son convenios que producen o transfieren derechos y obligaciones.
51.   ¿Cuáles son los requisitos que supone la ocupación?
1.       Detentación de la cosa.
2.       Ejecutarla en forma permanente y con ánimo de dominio.
3.       Recaer en cosas que no tengan dueño o cuya legítima procedencia se ignore.
52.   ¿En qué consiste la adquisición de animales por la caza?
El cazador se hace dueño del animal que caza, por el acto de apoderarse de él.
53.   ¿En qué consiste la adquisición de un tesoro?
Cuando se descubra y se haga propio un tesoro.
54.   ¿En qué consiste la adquisición de ciertas aguas?
El dueño del predio en que exista una fuente natural, o que haya perforado un pozo brotante, hecho obras de captación de aguas subterráneas o construido aljibe o presas para captar aguas pluviales, tiene derecho a disponer de esas aguas.
55.   ¿Cuáles son las formas de accesión natural?
Aluvión, nacimiento de una isla, y mutación del cauce de un rio.
56.   ¿En qué consiste el aluvión como forma de accesión?
El acrecentamiento que por aluvión reciban las heredades confinantes, con corrientes de agua, pertenece a los dueños de las riberas en que el aluvión se deposite.
57.   ¿En qué consiste el nacimiento de una isla como forma de accesión?
Las islas que se formaren en aguas de propiedad particular, pertenecerán al dueño de estas.
58.   ¿En qué consiste la mutación del cauce de un río como forma de accesión?
Cuando el río cambiare de cauce tratándose de aguas de propiedad particular, los propietarios de los predios a través de los cuales se establezca el nuevo cauce adquirirán las aguas.
59.   ¿Cuáles son las formas de accesión artificial en inmuebles?
Edificación, plantación, y siembra.
60.   ¿Cuáles son las formas de accesión artificial en bienes muebles?
Incorporación, mezcla, y especificación.
61.   ¿Qué es la incorporación como forma de accesión?
Cuando dos cosas muebles que pertenecen a dos dueños distintos, se unen de tal manera que vienen a formar una sola, sin que intervenga de mala fe, el propietario de la principal adquiere la accesoria, pagando su valor.
62.   ¿Qué es la mezcla como forma de accesión?
Si se mezclan dos cosas de igual o diferente especie, por voluntad de sus dueños o por casualidad, y en éste último caso las cosas no son separables sin detrimento, cada propietario adquirirá un derecho proporcional a la parte que le corresponda, atendiendo al valor de las coas mezcladas o confundidas.
63.   ¿Qué es la especificación como forma de accesión?
El que de buena fe empleo materia ajena en todo o parte, para formar una cosa de nueva especie, hará suya la obra, siempre que el mérito artístico de esta exceda en precio a la materia, cuyo valor indemnizará al dueño.

1 comentario:

  1. ¡Cual seria el procedimiento para obtener un documento oficial en el caso de posesión de un bien inmueble por un periodo mayor a 5 años?

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